sábado, 19 de octubre de 2013

EL PRINCIPIO DE NO-CONTRADICCIÓN (3)



CONOCIMIENTO  INDUCTIVO DEL PRIMER PRINCIPIO

El principio de no-contradicción es conocido de manera natural y espontánea por todos los hombres, a partir de la experiencia. Constituye un juicio  per se notum ómnibus, es decir, manifiesto por sí mismo a todos, pero no es una sentencia innata que el entendimiento poseería ya antes de empezar a conocer, ni una especie de esquema intelectual para comprender la realidad.

Para emitir este juicio es necesario conocer con anterioridad sus términos, ente y no-ente, nociones, que captamos sólo cuando, a través de los sentidos, la inteligencia entiende la realidad externa y aprehende, por ejemplo, el papel (ente), y la máquina de escribir como  distinta de aquél (no-ente). Tratándose de las dos primeras nociones que formamos, todos los hombres conocen necesariamente y de modo inmediato esta ley de la no-contradicción.


Como es natural, en los inicios del conocer este principio no se expresa en su formulación universal -«es imposible ser y no ser»-, pero sí se conoce con toda su fuerza y se actúa de acuerdo con él; por ejemplo, un niño sabe muy bien que no es lo mismo comer que no comer, y obra en consecuencia.

(tomado del libro cuya imagen encabeza la entrada)

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